Federalización del servicio y nacionalización - 1958
En el año 1958, por Ley N° 14.772 se dispuso que en cuanto a la prestación del servicio
eléctrico, el Gran Buenos Aires pasaba a ser de jurisdicción federal en
tanto se aprobó mediante la misma norma un convenio con C.A.D.E. y
C.E.P. por el cual se constituía una sociedad anónima con participación
estatal mayoritaria: S.E.G.B.A. - Servicios Eléctricos del Gran Buenos
Aires, en el que se preveía la adquisición de sus acciones por el
Estado. Paralelamente, C.I.A.E. siguió en manos privadas y cometida a un
régimen de concesión y de precios similar al que tenía SEGBA SA. En 1961 el Estado decidió adelantar los tiempos y adquirir el
ciento por ciento del capital accionario de SEGBA.
Un aspecto muy significativo de la historia de SEGBA es el inicio de la
Autogestión en 1973, cuando el Sindicato Luz y Fuerza resolvió en asamblea que
los fondos acumulados en el Banco de Desarrollo, igual que el
aporte del 1% de sus remuneraciones sea tranfieran a SEGBA para la financiación de sus
planes de obras, específicamente en su acción social.
Autogestión
En 1973, durante las presidencias del Dr. Cámpora y de Juan Domingo Perón
se designó como Presidente de SEGBA a Juan José Taccone miembro del
Sindicato Luz y Fuerza de Capital Federal. Se crearon comités de
Autogestión integrados por el Presidente y Vicepresidente Ejecutivo,
Miembros titulares y suplentes nombrados por la Empresa, Miembros
titulares y suplentes nombrados por el Sindicato Luz y Fuerza, un
miembro titular y un suplente nombrados por la Asociación de
Profesionales del Arte de Curar y un secretario de coordinación y
enlace, nombrado por el Comité de Autogestión a propuesta del Presidente
y Vicepresidente Ejecutivo, con voz pero sin participación en las
decisiones. En ese período se ejecutaron el 80% de los planes de obras previstos dentro de un marco conflictivo de financiamiento. Se lograron despachos record de energía eléctrica a
la red (2.675.000 de usuarios). Se redujo la cantidad de días en los que no se cubrió la
potencia eléctrica de 166 en 1973 a 14 días en 1975. No hubo conflictos gremiales generales ni se produjeron sabotajes.
Dictadura represión y muerte
El 24 de marzo de 1976 se produce el golpe cívico militar que derroca al
gobierno constitucional de Isabel Martínez de Perón (que había asumido en tanto vicepresidenta luego del fallecimiento del General Perón) y le da el poder a la Junta Militar al mando de
Jorge Rafael Videla. En SEGBA designan Delegado Interventor a un capitán de navío primero y luego al contraalmirante Félix Imposti. En las primeras medidas se finaliza y reprime la
experiencia de autogestión de SEGBA. Se da de baja al personal más
comprometido en los valores solidarios de la empresa y se secuestra y
asesina a 11 trabajadores. Uno de ellos es Oscar Smith Secretario
General de Luz y Fuerza Capital Federal.
Neoliberalismo y privatizaciones
Durante el gobierno de la dictadura cívico - militar existieron fuertes presiones desde el ministerio de economía encabezado por Alfredo Martínez de Hoz para lograr el despantelamiento de SEGBA, su desguace y su privatización pero estos embates enfrentaron una fuerte resistencia enraizada en sectores nacionalistas, especialmente en las FFAA, que impidieron que esos intentos tuvieran éxito. Mas tarde, luego de la caída de la dictadura y durante el gobierno democrático del presidente radical Raúl Alfonsín los sectores de los poderes económicos y políticos alineados con las ideologías neoliberales y globalizadoras reiteraron aquellas presiones para que se aplicaran las políticas y proyectos privatizadores.
Cuando asume anticipadamente el presidente Menem luego del golpe de estado económico que el establishment internacional aliado a los intereses locales, desarrolla contra el gobierno de Alfonsín, se reestablecen y cobran nueva vigencia las políticas privatizadoras apoyadas en el falso concepto de que el estado es ineficiente y corrupto, que no sabe gerenciar empresas y que debe observar el "principio de subsidiaridad del estado" ocupandose solo de la seguridad, la educación, la salud ( y luego no eso).
El 19 diciembre de 1991 con la Ley N° 24.065
se instrumenta el "Marco Regulatorio Eléctrico" y sus decretos
reglamentarios, estableciendo los lineamientos y pautas principales para
la reestructuración y privatización de la industria eléctrica. Este nuevo marco regulatorio estableció una desintegración
vertical del negocio en tres segmentos: la generación, la transmisión y
la distribución eléctrica. A la vez, sentó las pautas para una
desintegración horizontal de las grandes empresas del Estado que
permitieran su posterior privatización. De resultas de este merco la empresa estatal
SEGBA quedó dividida en siete unidades de negocios: cuatro empresas
generadoras y tres distribuidoras, una de las cuales fue EDESUR, EDENOR y
EDELAP. El proceso de privatización comenzó en febrero de 1992 con la
venta de las unidades de generación de SEGBA y posteriormente con las
empresas de distribución, en julio de 1992.
La aplicacion efectiva del marco regulatorio y las privatizaciones de las empresas del estado efectivamente tuvieron lugar durante la administración Menem y sus ministros de economía en particular el ideólogo de la convertibilidad Domingo Cavallo y el Ministro de Obras y servicios Públicos Roberto Jospé Dromi auto denominado el Ministro Privatizador.
Dromi es abogado especialista en derecho administrativo que pertenecía al PJ y que fuera designado intendente de la ciudad de Mendoza por la dictadura cívico militar. Desde el ministerio a su cargo desarrolló no solo la aplicación de los programas privatizadores sino que viabilizó y condujo una enorme y oscura estafa al erario público. La misma consistió en desfinanciar a las empresas públicas con destino al desguace provocando un fuerte deterioro de sus servicios y una caída brutal en los salarios de su personal lo que generó en una multitud de conflictos sindicales que empeoraban el servicio. Por otra parte dirigió todas las partidas presupuestarias destinadas a las mismas a la compra de materiales estratégicos necesarios para la renovación de las redes tanto telefónicas como de energía en sus diversos tramos. Dichos materiales en stock formaron parte del activo de las privatizadas vendidas a precios viles y luego fueron utilizados durante los primeros tiempos como inversión de las nuevas empresas para renovar las redes y mostrar una mejora de los servicios. Por otra parte, las deudas contraidas por SEGBA quedaron como obligaciones residuales que debió pagar el Estado Nacional a las empresas privadas proveedoras. A esto debemos agregar que los costos de mano de obra para la renovación e instalación de las redes renovadas tammpoco fueron cargados a las cuentas de la nuevas empresas, fueron financiados con el ahorro por la contratación del mismo personal que una vez despedido de las empresas era recontratado para realizar las tareas de siempre en condiciones de personal tercerizado con muy bajas remuneraciones y sin las protecciónes y derechos vigentes para trabajadores en blanco.
En resumen las inversiones realizadas por las nuevas empresas privatizadas no fueron financiadas ni pagadas por éstas sino por todos los contribuyentes que inconscientes del desfalco aplaudía la ola de profesionalismo eficientista que brindaba un servicio de excelencia ahora que el estado y el sindicalismo había sido borrado del mapa.
Delincuente impune
El señor Dromi luego de embolsar ingentes cantidades en pago sus servicios a las empresas privadas favorecidas durante su gestión ministerial retornó a sus actividades profesionales que consisten mayormente en asesorar y representar a empresas privadas proveedoras del estado involucradas en demandas contra el estado nacional derivadas de los efectos de su propia gestion desde el estado.
Es autor de un número importante de libros donde seguramente explica como lo hizo.
- Instituciones de Derecho Administrativo, Astrea, 1978.
- Manual De Derecho Administrativo, Astrea, 1987.
- Código del Mercosur' (8 tomos), Ciudad Argentina, ISBN 987-507-189-7.
- El procedimiento administrativo, Ciudad Argentina, 1999.
- Las ecuaciones de los contratos públicos, Ciudad Argentina, 2001.
- Sistema y valores administrativos, Ciudad Argentina, 2003.
- El derecho público en la hipermodernidad: novación del poder y la soberanía, competitividad y tutela del consumo, gobierno y control no estatal, Ciudad Argentina, 2005.
- "Ciudad y municipio: gerenciamiento local y regional", Ciudad Argentina - Hispania Libros, 2007.
- La revolución del desarrollo: innovaciones en la gestión pública, Ciudad Argentina, 2015.
- Acto administrativo, Ciudad Argentina, 2008.
- Telecomunicaciones: interconexión y convergencia tecnológica, Ciudad Argentina, 2008.
- "Licitación pública", Ciudad Argentina - Hispania Libros, 2017
- "Derecho administrativo", 2 tomos, Ciudad Argentina - Hispania Libros, 2015
- "Gobernabilidad territorial. Ordenar el espacio con equidad para el desarrollo",Ciudad Argentina - Hispania Libros, 2011.
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