El Gobierno envió a Diputados el proyecto para controlar el papel para diarios
En agosto de 2010 así titulaba la clarineta y decía:
Tres días después del duro discurso de Cristina Kirchner durante la presentación del informe de "Papel Prensa, la verdad", en el que pretendió asociar la venta de la compañía a presiones recibidas por la familia Graiver de parte de Clarín, La Nación y La Razón, el Gobierno envió esta noche un proyecto de seis artículos para controlar la producción, venta y distribución de papel para diario.
Como en la actualidad Papel Prensa es la única compañía que produce ese insumo básico para los medios gráficos, la ley tiene nombre y apellido.
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"En un paso más de su cruzada contra los medios, y acusando expresamente al diario Clarín, el ex presidente Néstor Kirchner -en un discurso pronunciado en el Primer Congreso Internacional de Ciencia Política de San Juan- reclamó hoy "que se termine la dictadura mediática".Y a continuación publicaba lo que sigue que es el texto del Proyecto de Ley que declara e interés público la fabricación, comercialización y distribución de pasta celulosa y de papel para diarios.
Proyecto de Ley
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, Sancionan con fuerza de Ley:Ese es el texto de la iniciativa que, según nos informa con la sangre en el ojo el vocero de los intereses agroexportadores, se aprobó en diputados "... con el apoyo solitario del kirchnerismo y sus aliados, que se impusieron con 134 votos frente a 93 votos de la oposición y 12 abstenciones, también opositoras. El proyecto fue girado de inmediato al Senado, donde anoche mismo obtuvo dictamen de comisión en un trámite inusualmente veloz."
Artículo 1º.- Declárase de interés público la fabricación, comercialización y distribución de pasta celulosa y de papel para diarios.
Artículo 2º - El Poder Ejecutivo Nacional deberá elaborar y enviar a la Comisión Bicameral que se crea por el artículo siguiente un proyecto de Marco Regulatorio de la actividad declarada de interés público mediante el artículo 1º de la presente Ley.
El Marco Regulatorio deberá adecuarse a los siguientes criterios:
Establecer las condiciones tendientes a asegurar la fabricación, comercialización y distribución de pasta celulosa y de papel para diarios, con materia prima nacional.
Disponer las medidas que permitan el abastecimiento de todos los medios de información gráficos que lo requieran, en condiciones igualitarias, asegurando el respeto de la igualdad en los precios de compraventa del producto y demás condiciones de contratación, debiendo evitarse la distorsión de los precios de mercado.
Promover el desarrollo de la prensa independiente, garantizando los medios para la publicación de ideas y opiniones y contribuyendo al derecho de libertad de expresión.
Resguardar el acceso de todos los ciudadanos a las noticias.
Artículo 3º.- Créase en el ámbito del H. Congreso de la Nación, la Comisión Bicameral de Seguimiento de la Fabricación, Comercialización y Distribución de Pasta Celulosa y de Papel para Diarios, que tendrá el carácter de Comisión Permanente. La Comisión Bicameral ejercerá el control de la actividad mencionada en el artículo 1º.
La Comisión Bicameral estará integrada por ocho (8) diputados y ocho (8) senadores, designados por el Presidente de sus respectivas Cámaras a propuesta de los bloques parlamentarios, debiendo observarse estrictamente la proporción en su integración de los sectores políticos que estén representados en el seno de cada Cámara.
Artículo 4º.- A los fines de la elaboración del Marco Regulatorio de la fabricación, comercialización y distribución de pasta celulosa y de papel para diarios, se dispone la creación de un Concejo Consultivo Federal, a cuya integración se invitará a los representantes de los diarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y del interior de la República Argentina. Dicho Consejo, asimismo, deberá asistir a la Comisión Bicameral que se crea por la presente Ley. El Marco Regulatorio definitivo deberá ser aprobado por ambas Cámaras.
Artículo 5º.- La presente Ley entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
Artículo 6º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
Pero a este texto me parece que todos le falta algo, le falta la parte esa donde seguro que dice que el estado se apropia de la empresa Papel Prensa, que se acaba la libertad de prensa y de expresión y que nadie va a poder disentir y que esto es una dictadura estalinista che. Todo eso no está. ¿Falta esa parte no?
Hasta la próxima ley.
imagen tomada de http://reflexionesyotrascosasmas.blogspot.com/2010/11/libertad-de-expresion-es-igual-libertad.html
3 comentarios:
Esto es una dictadura stalinista apoyada por una juventud hitleriana. Te faltó lo de la juventud.
Al final, va a resultar que los K, después de 8 espantosos años han precipitado en el averno a un país que hasta 2003 había brillado como una estrella en el firmamento mundial.
Al final, con los milicos estábamos mejor, che.
Saludos
Tilo, 70 años
Lo del estalinismo tal vez esté en la ley que le sigue: "antiterrorista"
La ley que "le sigue" es un elemento difícil de aceptar por donde se filtra el imperio y reemplaza figuras precisas del codigo penal por otras mas difusas que pueden servir para futuras acciones non sanctas.
Claro que aún así tildarlas de "estalinismo" por lo menos les queda grande le queda grande, solo pueden ver en ella una dictadura quienes o son tan púberes e infantiles que no tienen la menor idea de que es aquello o algunos reaccionarios de viejo y nuevo cuño que solo pretenden hacer perdurar sus privilegios tratando de manipular mentes pequeñas como las primeras.
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